Requisitos de postulación Estrategia Sacúdete
- Los empleadores que se postulen y cumplan con los requisitos recibirán una ayuda de $227.131 por los trabajadores adicionales entre 18 y 28 años que hayan vinculado
- Quienes se postulen deben estar al día en pago de aportes al Sistema de la Protección Social de sus trabajadores. Tendrán plazo para pagar los aportes hasta el 19 de agosto de 2021.
- Las postulaciones se realizan a través de las entidades financieras.
Bogotá, D.C, 12 de agosto de 2021. En una estrategia para estimular la contratación de personas jóvenes entre 18 y 28 años en las empresas en Colombia, el Gobierno Nacional abre mañana, 12 de agosto, su primera convocatoria para entregar apoyo a los empleadores que hayan ampliado sus nóminas con este tipo de vinculaciones.
Esta iniciativa se creó con el Decreto 688 del 24 de junio de 2021, estableciendo que se puede recibir hasta 12 veces, durante el tiempo que dure el programa entregando una ayuda correspondiente al 25% de un (1) salario mínimo mensual legal vigente (SMLMV), es decir, $227.131 por cada contratación o vinculación adicional de trabajadores entre 18 y 28 años, realizada después del mes de marzo de 2021. No se reconocerá el aporte en los casos en que la vinculación de un nuevo joven esté acompañada del retiro de algún trabajador en otro rango de edad.
Las ayudas económicas que se giren en el marco de la estrategia Sacúdete no llegan directamente a los trabajadores jóvenes, sino que el Gobierno Nacional los girará exclusivamente a sus empleadores, para que esos recursos se utilicen como apoyo en el pago de los salarios de sus empleados activos al momento de aplicar al beneficio.
¿Quiénes pueden postularse?
- Personas jurídicas
- Personas naturales empleadoras
- Entidades sin ánimo de lucro
- Consorcios y uniones temporales
- Cooperativas
- Patrimonios autónomos
¿Cuáles son los requisitos de Postulación?
- Vincular trabajadores adicionales entre 18 y 28 años.
- Tener un producto de depósito en una entidad financiera.
- Estar al día en los pagos de seguridad social para todos los trabajadores que tuvo durante marzo de 2021.
- No tener una participación de la nación y/o sus entidades descentralizadas mayor al 50% de su capital.
- Si es persona natural empleadora:
- No ser una persona expuesta políticamente (PEP).
- Si es una cooperativa:
- Estar registrada en la Cámara de Comercio de su domicilio principal.
- Si es un patrimonio autónomo:
- Ser declarante del impuesto de renta y complementarios
¿En dónde se realizan las postulaciones?
El proceso se realiza a través de las entidades financieras que ofrecen este servicio de manera personal o virtual a través de sus sitios web.
¿Qué documentos se requieren?
1. Formulario de intención y postulación diligenciado y firmado por:
- Representante legal
- Persona natural empleadora o
- Promotor o liquidador, si la empresa postulante está en reestructuración o liquidación.
2. Certificación expedida y firmada por el empleador personal natural o representante legal, revisor fiscal o contador, promotor o liquidador en caso que la empresa esté en reestructuración o liquidación. En la que indique:
- Los empleados jóvenes sobre los que se otorgará el apoyo recibieron el salario correspondiente al mes inmediatamente anterior.
- Si se han adelantado procesos de sustitución patronal o de empleador después de marzo de 2021.
- Los pagos de seguridad social para marzo de 2021 se encuentran al día para todos los empleados.
¿Cuándo se conocen los resultados de las postulaciones?
A partir del 25 de agosto, de acuerdo con lo establecido en el Manual Operativo expedido por el Ministerio de Trabajo, que se puede consultar en:
Al respecto, la Directora General (E) de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales UGPP, Ana María Cadena Ruiz, recordó que: “Este Programa, al igual que los anteriores en los cuales la UGPP ha realizado un despliegue operativo especial a través del seguimiento a la Planilla de Liquidación de Aportes PILA, busca estimular no solo la recuperación de nuevas fuentes de trabajo para los jóvenes, sino apoyar a todos los empleadores que cumplen con su obligación de estar al día en el pago de aportes al sistema de la Protección Social, porque ser formal paga.”