Glosario

Afiliado

Es la persona que tiene derecho a la cobertura de riesgos que brinda el Sistema de la Protección Social.

En el caso del Sistema de Seguridad Social en Salud, los afiliados distintos del cotizante recibirán la denominación de beneficiarios. Igual denominación recibirán aquellas personas que sean afiliadas al Subsistema Contributivo de Salud en virtud de lo establecido por el artículo 40 del Decreto 806 de 1998. En este caso, dichas personas recibirán la denominación de beneficiarios adicionales. Tendrán la calidad de afiliados quienes se encuentren amparadas por el Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Cobro 

Reúne las actividades tendientes a la recuperación de cartera, se surte en dos etapas, el cobro persuasivo, que consiste en la actividad administrativa que persigue lograr el pago voluntario de lo adeudado, y el cobro coactivo o judicial, que es el que se realiza acudiendo a las vías coercitivas legales.

Contribuciones parafiscales 

Son los gravámenes establecidos con carácter obligatorio por la Ley, que afectan a un determinado y único grupo social y económico y se utilizan para beneficio del propio sector.

Para el caso de las contribuciones parafiscales de la protección social, debe entenderse aquellas destinadas a la financiación del funcionamiento y las prestaciones derivadas de la protección social, ya sea que estén a cargo de los empleadores, de los trabajadores o de ambos. Estas incluyen las contribuciones de Salud, Pensión, Riesgos Profesionales, Cajas de Compensación, SENA e ICBF.

Determinación

Proceso por el cual se fiscalizan las autodeclaraciones y, en caso de detectarse, se liquidan las obligaciones incumplidas. Es la unión de los procesos de fiscalización y cobro.

Empleador

Es la persona o entidad que tiene la obligación directa, frente a la entidad administradora de cumplir con el pago de los aportes correspondientes a uno o más de los servicios o riesgos que conforman el Sistema y para uno o más afiliados al mismo.

Entidad Administradora o Administradora 

Comprende a las entidades administradoras de pensiones del régimen solidario de prima media con prestación definida, a las entidades administradoras de pensiones del régimen de ahorro individual con solidaridad, a las Entidades Promotoras de Salud, EPS, incluidas las entidades adaptadas y demás entidades autorizadas para administrar los regímenes contributivo y subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud, SGSSS, a las entidades Administradoras de Riesgos Profesionales, ARP, a las Cajas de Compensación Familiar, al ICBF y al SENA.

Fiscalización

Consiste en la verificación de la exactitud y consistencia de declaraciones de autoliquidación que realizan los aportantes.

Liquidación 

Es el correcto cálculo de las obligaciones adeudadas a los subsistemas por los aportantes (i.e. aportes en mora, intereses y sanciones).

Órganos de Control

Comprende al Ministerio de la Protección Social, a la Superintendencia Financiera, a la Superintendencia de Salud y a la Superintendencia de Subsidio Familiar quienes ejercen, en el marco de sus propias competencias, funciones de control del cumplimiento de las obligaciones que la Ley establece para con el Sistema. En cada caso, esta expresión se entenderá referida a la entidad o entidades que ejerzan, conjunta o separadamente, las tareas de inspección, vigilancia y control con respecto a una entidad administradora, aportante o riesgo, según resulte pertinente.

Recaudo 

Es la recepción de los pagos que realizan los aportantes.

Sistema de Seguridad Social

Tiene por objeto garantizar los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad para obtener la calidad de vida acorde con la dignidad humana, mediante la protección de las contingencias que la afecten. Comprende las obligaciones del Estado, la sociedad, las instituciones y los recursos destinados a garantizar la cobertura de las prestaciones de carácter económico, de salud y servicios complementarios, materia de la Ley 100 de 1993, u otras que se incorporen normativamente en el futuro.