UGPP: Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales | Gobierno de Colombia

Costos y gastos

El trabajador independiente puede descontar de sus ingresos los costos y gastos en los que incurre cada mes, siempre que cumplan lo establecido en el artículo 107 del Estatuto Tributario.

Estos valores deben cumplir tres condiciones: estar relacionados con la actividad que genera el ingreso, ser necesarios y ser razonables en su valor.

Diferencia entre costos y gastos

Es importante entender la diferencia:

  • Costos: Son los pagos directamente relacionados con la producción de un bien o la prestación de un servicio.
  • Gastos: Son los pagos necesarios para que el negocio funcione (administración, ventas, logística, entre otros).
 

Ejemplo: Fábrica de zapatos

Costos
Son los pagos para producir los zapatos, como:

  • Compra de cuero, suelas, pegamento e hilos (materia prima).
  • Pago de mano de obra o salarios.
  • Servicios públicos del área de producción.

Para que estos costos sean válidos, también deben estar al día los pagos de seguridad social (salud, pensión y ARL) y los aportes parafiscales correspondientes.

Gastos
Son los pagos necesarios para el funcionamiento del negocio, por ejemplo:

  • Arriendo de la oficina.
  • Publicidad.
  • Sueldo del vendedor.
  • Matrícula mercantil.
  • Seguros relacionados con la actividad.
 

Requisitos para que sean aceptados en la declaración de renta

Para que la DIAN acepte estos valores como deducibles, deben cumplir tres criterios:

  1. Causalidad:
    El gasto debe estar directamente relacionado con la actividad que genera ingresos.
    Ejemplo: Comprar cuero en la fábrica de zapatos es válido porque sin cuero no se pueden fabricar zapatos.
  2. Necesidad:
    El gasto debe ser indispensable para desarrollar la actividad económica.
    Ejemplo: Pagar la electricidad para que funcionen las máquinas.
  3. Proporcionalidad:
    El valor del gasto debe ser razonable frente a los ingresos.
    Ejemplo: Si la empresa gana 100 millones al año, gastar 5 millones en publicidad puede considerarse razonable.

Recuerde:

Solo puede descontar los costos y gastos que estén directamente relacionados con su actividad económica, que sean necesarios para generar sus ingresos y que tengan un valor razonable frente a lo que gana.

Además, asegúrese de que todas sus compras cuenten con factura electrónica o con el documento equivalente, tal como lo establece la Resolución 165 del 1 de noviembre de 2023 de la DIAN. Esto es importante para que esos costos y gastos puedan ser válidos ante la autoridad tributaria.