Abierta última convocatoria PAEF para micro y pequeños empleadores

Abierta última convocatoria para micro y pequeños empleadores: postulaciones hasta febrero 10

Desde hoy y hasta el 10 de febrero los micro y pequeños empleadores, que a finales de 2021 continuaban perdiendo el 20% o más de sus ingresos pueden postularse a la última convocatoria del Programa de Apoyo al Empleo Formal.

En esta convocatoria se recibirán postulaciones correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2021 a través de las cuales se otorgarán subsidios para las nóminas de septiembre, octubre y noviembre de dicho año.

Los empleadores de mujeres y de los sectores económicos más afectados a causa de la pandemia, que cumplan con los requisitos, continuarán recibiendo el 50% de un salario mínimo por cada trabajador, es decir $454.000.  

El monto del aporte estatal para los demás sectores será del 40% de un salario mínimo, es decir $363.000.

Bogotá, D.C, 3 de febrero de 2021. Los beneficios para los micro y pequeños empleadores continúan, el Programa de Apoyo al Empleo Formal -PAEF abre su última convocatoria hasta el 10 de febrero de 2021.

Los empleadores que en marzo de 2021 tuvieron máximo 50 trabajadores registrados en PILA y cumplen con todos los requisitos del programa recibirán un apoyo económico equivalente al 50% de un salario mínimo por cada mujer trabajadora, es decir $454.000. Este monto también se entregará por todos los trabajadores de los sectores turístico, de hotelería, gastronomía, actividades artísticas, de entretenimiento y recreación.

En el caso de los empleadores de los otros sectores económicos y de trabajadores hombres, tendrán un apoyo equivalente al 40% del salario mínimo, es decir $363.000.

Vale la pena aclarar que los montos se calculan con base en el salario mínimo mensual legal vigente de 2021, toda vez que los subsidios corresponden a postulaciones de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2021 (apoyos para las nóminas de septiembre, octubre y noviembre respectivamente). Estos son los 3 últimos ciclos previstos en la ampliación del programa establecida por la Ley de inversión social.

Las postulaciones se recibirán a través de las entidades financieras, que ofrecen la posibilidad de realizar el proceso de manera presencial o virtual hasta el 10 de febrero.

La Directora General (e) de la UGPP, Ana María Cadena Ruíz, recordó que: “Entre mayo y septiembre de 2021, el programa ha protegido cerca de 378 mil empleos asociados a más de 43 mil micro y pequeñas empresas, las más vulnerables ante una crisis como la que hemos vivido.”  

El Programa de Apoyo al Empleo Formal -PAEF es una herramienta de reactivación económica que ha logrado proteger más de 4 millones de empleos en todo el país desde que inició en 2020.

Los recursos del PAEF no llegan directamente a los trabajadores; el Gobierno Nacional los entrega exclusivamente a los empleadores para que sirvan de apoyo en el pago de los salarios de sus trabajadores activos al momento de aplicar al programa.

¿Quiénes pueden postularse?

  • Personas jurídicas
  • Consorcios o uniones temporales
  • Entidades sin ánimo de lucro o patrimonios autónomos declarantes de renta
  • Cooperativas
  • Establecimientos educativos no oficiales
  • Personas naturales con dos o más trabajadores reportados en PILA de febrero 2020.

Requisitos

  1. Tener un producto de depósito en una entidad financiera.
  2. Ser constituido antes del 1 de enero de 2020. Para las personas naturales, se toma como referencia la fecha de inscripción en el registro mercantil.
  3. Haber tenido una caída del 20% o más en los ingresos, comparado con el mismo mes de 2019, o con el promedio enero – febrero 2020.
  4. Contar con una inscripción en el registro mercantil realizada o renovada por lo menos en 2020, en caso de ejercer una actividad obligada a tenerla
  5. Las Personas naturales o jurídicas titulares de licencia de funcionamiento de establecimientos educativos no oficiales de la educación formal, deben contar con licencia de funcionamiento expedida por la Secretaría de Educación, en los términos establecido en la normativa del sector educación.
  6. Las entidades sin ánimo de lucro, consorcios o uniones temporales deben aportar copia del Registro Único Tributario- RUT.
  7. No tener participación de la nación y/o sus entidades descentralizadas mayor al 50% de su capital. 

¿Qué documentos se requieren?

  1. Formulario de postulación diligenciado y firmado
  2. Certificación firmada por la persona natural empleadora, o representante legal y el revisor fiscal o contador público, que señale:
  • Disminución del 20% o más, en sus ingresos.
  • Que los empleados sobre los que recibirá el aporte recibieron el salario del mes anterior.
  • Los patrimonios autónomos y entidades sin ánimo de lucro deben adjuntar copia del RUT.