Acciones persuasivas para restitución de recursos públicos: PAEF –PAP - PARO

¿Qué son?

Son comunicaciones enviadas a los empleadores para que revisen si cumplieron con los requisitos de cada programa y remitan los soportes que así lo demuestren o reintegren voluntariamente, los recursos públicos entregados.

Se envían por correo electrónico, físico, llamadas telefónicas y mensajes de texto o de voz.

Para confirmar su autenticidad comuníquese con nuestras líneas de atención:

  • Bogotá: 601 492 6090 
  • Línea gratuita nacional: 018000 423 423

 

¿Por qué la UGPP envía estas comunicaciones?

La UGPP puede adelantar procesos sancionatorios y de cobro a los empleadores que recibieron recursos públicos de los programas de apoyo, y no cumplieron con los requisitos establecidos en cada programa. 

Estas comunicaciones son enviadas antes de iniciar con dichos procesos, en esta etapa persuasiva el empleador puede entregar los soportes que evidencien el cumplimiento de requisitos; y si es el caso, restituir los recursos. 

 

¿Qué pasa si el empleador no responde estas comunicaciones dentro de los tiempos indicados?

  • Se empiezan a generar intereses de mora desde que recibió los recursos públicos de los programas de apoyo, con intereses diarios, equivalentes a la tasa de usura vigente determinada por la Superintendencia Financiera, menos 2 puntos.
  • Tiene sanciones hasta del 20% sobre el valor total a restituir.
  • Se inicia el proceso de fiscalización y/o sancionatorio.

 

¿Cómo puede responder la acción persuasiva de la UGPP?

1. Revise los períodos que señala la UGPP en la comunicación y verifique que tuvo reducción de ingresos del 20% o más.

2. Si identifica que cumplió con la disminución de ingresos del 20% o más, responda a la UGPP dentro de los 2 meses siguientes de haber recibido la comunicación, a través de la Plataforma de Intercambio de Información Data Q que se indica en la comunicación.

3. Si identifica que no cumplió con el requisito, restituya los recursos públicos que se le entregaron.    

 

En los siguientes enlaces consulte toda la información que debe tener en cuenta: