Suscriba un acuerdo de pago con plazo máximo de 24 meses
La UGPP le permite suscribir un acuerdo de pago, máximo de 24 meses, si fue notificado con un pliego de cargos en el proceso de fiscalización del Programa de Apoyo al Empleo Formal -PAEF y del Programa de Apoyo para Pago de la Prima de Servicios- PAP, para restituir el aporte estatal, intereses de mora y sanciones, previo el cumplimiento de requisitos:
1. Verifique que no está reportado en el Boletín de Deudores Morosos del Estado -BDME por el incumplimiento de acuerdos de pago. Ley 1066 de 2006, artículo segundo, numeral 6°
- Ingrese a Boletín de Deudores Morosos del Estado -BDME
- Seleccione consultas al Boletín de Deudores Morosos del Estado
- Regístrese y con el número de identificación (NIT/CC) verifique la información
Importante
- Si se encuentra reportado en este boletín, no podrá suscribir un acuerdo de pago con la UGPP.
- Si ha subsanado dicho incumplimiento, por favor envíe el certificado expedido por la Contaduría General de la Nación o la entidad competente.
- Radique la solicitud con posterioridad a la notificación del pliego de cargos (preferiblemente en el término de respuesta al pliego).
- Consulte los requisitos y las garantías para la suscripción en la guía de compromisos y facilidades de pago
Plazo igual o inferior a 12 meses |
Plazo máximo 24 meses |
- Con carta denuncia de bienes, es una relación de bienes de su propiedad a los que no se les realiza anotación de embargo, bienes que cubran el valor del aporte estatal a restituir + intereses de mora + sanción. - Si tiene capacidad de pago, pero no bienes a su nombre pueden denunciar bienes de un tercero, quien se constituye como tercero garante. |
- Con garantía real (bienes inmuebles sujetos a registro) libres de embargo, hipoteca, o limitación de dominio. A estos bienes se les registrará embargo en favor de la UGPP. - El bien o los bienes ofrecidos en garantía deben cubrir el valor del aporte estatal a restituir + intereses de mora + sanción. - Si tiene capacidad de pago, pero no bienes a su nombre pueden ofrecer bienes de un tercero, quien se constituye como tercero garante. |
2. Radique la documentación completa y firmada en nuestra oficina virtual
Ingrese a "Tramites parafiscales”, haga clic en la opción No. 08 Cobros y seleccione No. 02. Solicitud de facilidad de pago.
- Formulario único de solicitud de facilidad de pago
- Carta denuncia de bienes deudor - persona natural
- Carta denuncia de bienes deudor - persona jurídica
- Carta denuncia de bienes codeudor - persona natural
- Carta denuncia de bienes codeudor - persona jurídica
- Carta ofrecimiento garantía real codeudor - persona natural
- Carta ofrecimiento garantía real codeudor - persona jurídica
Tenga en cuenta
La UGPP tiene 15 días hábiles para responder los derechos de petición, lo invitamos a resolver sus inquietudes en nuestras líneas de atención:
WhatsApp: 322 804 5458
Bogotá: 601 492 60 90
Línea gratuita nacional: 01 8000 423 423
Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.